Plazos VeriFactu 2025-2027: calendario completo
Estas son las fechas oficiales publicadas en el BOE para la adaptación obligatoria a VeriFactu, ordenadas cronológicamente.
| Fecha | Hito |
|---|---|
| Diciembre 2023 | Publicación del Real Decreto 1007/2023 con los requisitos técnicos de los SIF. |
| Octubre 2024 | Orden HAC/1177/2024: especificaciones técnicas de los registros VeriFactu. |
| 29 julio 2025 | Fin del plazo para que los fabricantes adapten su software y emitan declaración responsable. |
| 1 enero 2026 | Obligación plena para sujetos del Impuesto de Sociedades. Régimen sancionador activo. |
| 1 julio 2026 | Obligación plena para autónomos en estimación directa. |
| 2027 | Previsible extensión a estimación objetiva (módulos) y mayor presión inspectora. |
¿Y si llego tarde?
No hay moratoria. Cada factura emitida desde la fecha obligatoria con un software no conforme es una infracción independiente. Ver guía de sanciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite para adaptarse a VeriFactu?
1 de enero de 2026 para sujetos del Impuesto de Sociedades y 1 de julio de 2026 para autónomos en estimación directa.
¿Hay moratoria si mi software no está listo?
No. La AEAT no ha publicado moratoria oficial. Quienes lleguen tarde tendrán que asumir el riesgo de inspección y sanción.
¿Desde cuándo pueden inspeccionar la AEAT mi software?
Desde el día siguiente a la entrada en vigor obligatoria del régimen aplicable a tu actividad.
¿Cuándo debo enviar los registros a la AEAT?
En modo VeriFactu, de forma inmediata tras emitir cada factura. En modo NO VeriFactu, deben conservarse y entregarse a requerimiento.
¿Llegas a tiempo?
Implantamos VeriFactu en menos de 7 días con BDP Net e IA.
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