Sanciones VeriFactu: cuánto te puede costar incumplir

Las sanciones por no cumplir VeriFactu afectan tanto al negocio como al fabricante del software. En esta guía verás los importes reales, cuándo se aplican, quién responde y cómo evitarlos con una adaptación correcta.

Marco legal: Ley Antifraude 11/2021 y RD 1007/2023

La Ley 11/2021 modificó la Ley General Tributaria (art. 29.2.j y 201 bis) introduciendo la obligación de utilizar software certificado. El Real Decreto 1007/2023 desarrolla los requisitos técnicos y la Orden HAC/1177/2024 establece las especificaciones de los registros de facturación VeriFactu.

Importes de las sanciones

  • Fabricantes/comercializadores de software: hasta 150.000 € por ejercicio y producto si no cumple.
  • Usuarios (empresas y autónomos): hasta 50.000 € por ejercicio por usar software no certificado.
  • Falta de QR o firma en factura: sanción mínima de 1.000 € por infracción detectada.
  • Manipulación de registros: infracción muy grave, multa proporcional al fraude detectado.

Cuándo entran en vigor

El régimen sancionador es plenamente aplicable desde el 1 de enero de 2026 para sujetos del Impuesto de Sociedades, y desde el 1 de julio de 2026 para autónomos en estimación directa. No se ha publicado moratoria.

Cómo evitarlas

  1. Usar un software certificado (declaración responsable del fabricante).
  2. Emitir todas las facturas y tickets con QR y firma.
  3. Conservar los registros de facturación durante el plazo de prescripción tributaria.
  4. Activar el modo VeriFactu (envío en tiempo real) o garantizar la inalterabilidad si se opta por NO VeriFactu.
  5. Auditar periódicamente la cadena de hashes y el envío a la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede sancionar Hacienda por incumplir VeriFactu?

Hasta 50.000 € por ejercicio si el software no está certificado, y multas adicionales por cada factura sin firma o sin QR válido. La sanción mínima documentada en la Ley Antifraude 11/2021 parte de 1.000 €.

¿Quién responde de la multa: el negocio o el desarrollador del software?

Ambos. El desarrollador o comercializador del software puede ser sancionado con hasta 150.000 € por ejercicio si el producto no cumple. El usuario empresario también responde por usarlo.

¿La AEAT puede inspeccionar mi TPV en cualquier momento?

Sí. Puede solicitar acceso a los registros de facturación y a la trazabilidad del software. Si el TPV no está certificado, la sanción es inmediata.

¿Existen reducciones por conformidad?

Sí, hasta un 40 % de reducción si se aceptan los hechos y se paga en plazo, conforme al régimen general sancionador tributario.

¿Las sanciones se aplican desde 2025 o desde 2026?

Desde la entrada en vigor obligatoria: 1 de enero de 2026 para sujetos de Impuesto de Sociedades y 1 de julio de 2026 para autónomos. No habrá moratoria automática.

Diagnóstico gratuito de cumplimiento VeriFactu

Comprobamos si tu software actual te expone a sanciones y te indicamos los pasos correctivos.

Solicitar diagnóstico
WhatsApp¿No te abre? Escríbenos